miércoles, 31 de mayo de 2017

¿QUE ES EL SEGURO D&O?


 

Un seguro de D&O (directors & officers) es un seguro de responsabilidad civil que protege a los miembros del órgano de administración de una sociedad, y a las personas de la empresa que ostentan cargos de dirección y cuyas decisiones comprometen a la empresa frente a terceros.
 
 

El Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital define en ámbito de responsabilidad de estas personas, en los artículos 236 y siguientes, al definir los presupuestos de la responsabilidad, el carácter solidario de la misma, la acción social de responsabilidad, la legitimación subsidiaria de la minoría, la legitimación subsidiaria de los acreedores para el ejercicio de la acción social y la acción individual de responsabilidad.

Un seguro de D&O sirve fundamentalmente para soportar los gastos de defensa de los administradores sociales (costas judiciales, gastos y honorarios incurridos en la defensa de una reclamación que puede incluir los gastos de apelaciones y los gastos de constitución, de fianzas civiles y las necesarias para garantizar la libertad provisional del Asegurado), y las posibles indemnizaciones a que sean condenados por los tribunales como consecuencia de la realización de un acto incorrecto, ya sea por acción u omisión, que de origen a la exigencia de responsabilidad y les sea exigida a éstos por la propia sociedad, los socios o los acreedores sociales.

A diferencia de otras responsabilidades que pueda tener la empresa, la responsabilidad a que nos referimos y que protege este seguro, es una responsabilidad individual de la persona, del directivo o administrador, por lo que este seguro cobra especial relevancia si queremos dejar a salvo nuestro patrimonio privativo.

miércoles, 24 de mayo de 2017

SEGURO CONTRA FRANQUICIA


Seguro contra franquicia
 

¿Qué es la franquicia?

Muy sencillo, si aseguras un coche a TODO RIESGO CON FRANQUICIA y resulta dañado o robado, la "franquicia" es la cantidad de dinero que tiene que asumir el asegurado en el caso de que exista un siniestro.

¿Qué es el seguro contra franquicia?

El seguro contra franquicia es una póliza adicional que te protege de los costes de "franquicia" que tendrías que pagar de cualquier otro modo si tu coche resulta dañado o robado.

Pongamos un ejemplo:

Digamos que tu coche se ve implicado en una colisión y cuesta 2.000 € reparar el daño. En virtud de los términos de tu contrato de seguro (pongamos que tu franquicia es de 600€) tienes que pagar es cantidad de 600€ al taller de reparación y la compañía aseguradora paga el resto de los costes de reparación (1.400 €). Sin embargo, si tienes un "seguro contra franquicia", esos 600€ que has pagado anteriormente se te reembolsan.

¿Cómo compro el seguro contra franquicia?

Todas las compañías de seguros te ofrecen el seguro TODO RIESGO CON FRANQUICIA pero ninguna te da la opción de ningún seguro para proteger tu “franquicia”. En SGM Correduria de Seguros hemos querido ir más allá y hemos rastreado todo el mercado asegurador para dar con la solución. La póliza ASEGUROMIFRANQUICIA, que desde 39€/franquicia y año puedes tener asegurada tu franquicia de hasta 1000€.

Si quieres más información, te atenderemos encantados en

  SGM Correduría de Seguros
  Avda. Goya 12, 1º
  22400 Monzón
  974 415 544 / 676 928 572
  www.sgmcorreduria.es

miércoles, 22 de marzo de 2017

SEGURO PARA INSTRUMENTOS MUSICALES








Su instrumento musical es único, valioso y costoso de reparar. En cada traslado, corre riesgos y puede llegar a sufrir daños. En SGM Correduría de Seguros le ofrecemos un seguro adaptado a sus necesidades que protegerá su instrumento de cualquier imprevisto.
¿Qué es?
Este es un seguro creado para ofrecer la máxima protección a los instrumentos musicales, tanto en sus traslados y estancias como durante su utilización en conciertos, ensayos, etc, adaptándose a las necesidades específicas de cada cliente, tanto para coberturas temporales como seguros de duración anual.
 ¿A quién va dirigido?
Está pensado tanto para músicos particulares como bandas de música, conservatorios, grandes orquestas, y en general cualquier propietario de instrumentos musicales.
 
¿Qué ventajas tiene?
• Pólizas a medida.
• Garantía 24 horas ante cualquier accidente.
• Coberturas para ámbito nacional, europeo o mundial.
• Luthieres y profesionales especializados a su servicio en caso de siniestro.
• Primas flexibles y adaptadas a las necesidades de cada asegurado.
• Compromiso de respuesta inmediata.
• Trato personalizado y un servicio exclusivo.
 
 1. Información del seguro
El asegurador garantiza los costes de reparación o reposición de piezas, producidos por una causa accidental o los costes de sustitución del instrumento musical por otro idéntico o de similares características. Cobertura en casa o en cualquier situación dentro del territorio que se contrate: España, Europa o Mundial. Cobertura 24 horas en cualquier actividad del músico.  
  
2. Medios de transporte
Vehículos a motor, ferrocarril, avión y buque
 3. Modalidad de cobertura: A todo riesgo
 Fórmula a todo riesgo: mediante esta modalidad se garantizan los riesgos de daño material de los bienes asegurados por cualquier causa externa, golpes, caídas, robo y atraco.
Se exceptúan las que tengan su origen en algunas de las causas que se especifican en el punto 4.
 4. Exclusiones
 a. Desgaste natural, mantenimiento, daños producidos por insectos, mala conservación, deterioro gradual o depreciación.
b. Corrosión, oxidación, humedad atmosférica o influencia de la temperatura.
c. Hurto.
d. Bienes depositados en vehículos automóviles cuando permanezcan desocupados y sin vigilancia durante más de dos horas consecutivas en horas del día y por la noche, desde las 22 horas hasta las 6 horas de la madrugada.
 5. Franquicia
Se pacta la aplicación de una franquicia del 10%, con un mínimo de 30 euros y un máximo de 180 euros, cuyo importe resultante se deducirá de la indemnización que corresponda a cada objeto asegurado en cada siniestro.


Si quieres mas información, puedes pasarte por nuestras oficinas y te informaremos sin compromiso


             SGM Correduría de Seguros
             Avda. Goya 12, 1º
             22400 Monzón
             974 415 544 / 676 928 572
             www.sgmcorreduria.es


viernes, 3 de febrero de 2017

CAMBIO NORMATIVA SILLAS COCHE

 

LAS 5 NOVEDADES QUE TIENES QUE TENER EN CUENTA CON LAS SILLITAS DE BEBÉ

 
A modo de resumen, estas son las 5 cosas que tienes que tener en cuenta este 2017 sobre la normativa de sillas de coche para bebés y niños:
  • Los menores que midan 135 cm o menos estarán obligados a viajar en la parte trasera del vehículo con sistema de retención infantil. Los que midan 125 cm o menos siempre tendrán que llevar un elevador con respaldo.

  • No se puede circular en el coche con el niño en brazos ni utilizar los mimos cinturones que los adultos.

  • Las multas por no utilizar los sistemas homologados y obligatorios supondrán la pérdida de 3 puntos y una multa de 200 euros.

  • Los expertos y la DGT recomiendan el anclaje mediante el sistema Isofix al demostrarse uno de los más eficaces en caso de accidente.

  • Si el menor viaja en el asiento del copiloto por un motivo justificado hay que desactivar el airbag frontal y colocar la silla a contramarcha.